| En
vuelos Internacionales se debe presentar la siguiente documentación:
· Certificado veterinario de salud de no mas de 10 días
antes del vuelo.
· Certificado antirrábico (en caso que corresponda)
con la posterior intervención del lazareto (Brasil y Costanera
Sur).
· Certificado del cites (convención sobre el comercio
internacional de especies amenazadas de flora y fauna). Sólo
para especies silvestres otorgado por Dirección Nacional
de Flora y Fauna.
· Certificado del SENASA.
· Certificado del expedidor.
· Contactarse con la embajada de destino, por necesidad de
Visa.
Comunicación: Al SENASA y narcotráfico, 24 horas de
anticipación para verificación final de salida.
· Jaula: provista por el pasajero.
Nota: Otros animales incluido pájaros
se verificarán de acuerdo a la reglamentación Internacional
vigente.
· Contactos: Ventas Internacionales
Cargas: Tel: 4320-2212
· SENASA Ezeiza: Tel: 4480-9689
· Lazaretto: Costanera Sur y Brasil-Tel:4361-4632
· Dirección Nacional de flora
y fauna: San Martín 459 piso 2 of 232-Tel:4348-8602/3
En vuelos de Cabotaje
se debe presentar la siguiente documentación:
Certificado veterinario de salud y antirrábico (en caso que
corresponda).
Certificado de flora y fauna (en caso que corresponda).
Jaula: provista por el pasajero.
Límite: según disponibilidad de bodega.
Además le sugerimos comunicarse con
el consulado del país al cual se dirige, a efectos de conocer
exactamente que requisitos exige el país al que se dirige,
si necesita otros documentos o si tendrá que permanecer en
el mismo en cuarentena.
¿Cómo debe trasladarse la
mascota en el vuelo?
El animal deberá trasladarse en un contenedor adecuado con
fondo impermeable, y provisto por el pasajero. El mismo deberá
tener la calidad necesaria, en cuanto a resistencia, seguridad y
comodidad para la talla del animal.
En cuanto al viaje, no se provee de ningún tipo de alimentos
o bebidas en escalas intermedias, y tampoco se los desembarca.
¿Dónde debo realizar el trámite
si la mascota viaja sola?
Si la mascota viaja sola, sin el pasajero, el trámite debe
realizarse por intermedio de Cargas Internacional, previa tramitación
de todos los certificados.
¿Cuánto debo abonar para trasladar
una mascota en el vuelo?
Si su mascota viaja con un acompañante en el mismo vuelo,
el transporte internacional de animales es considerado como exceso
de la franquicia permitida de equipaje.
En rutas internacionales (Europa, Usa y Oceanía) se aplicara
la tarifa doble de los cargos por exceso de equipaje, por cada animal,
sin importar el tamaño o peso del mismo.
En rutas regionales se aplicara el 1.5% tarifa plena de ida por
cada kg. de peso del animal y su contenedor.
Para vuelos de cabotaje existen cinco zonas diferentes teniendo
en cuenta el tiempo de vuelo y el nivel tarifarío de cada
destino.
Ciudad /Importe
Miami u$s 144
Nueva York u$s 158
Auckland u$s 144
Sydney u$s 144
Madrid u$s 200
Roma u$s 200
Londres u$s 300
París u$s 300 Regional/Internacional
Sistema por peso:
Se aplicara el 1,5% de la tarifa normal de ida en clase económica
(publicada) por c/kilo de peso del animal y su contenedor.
· Sistema por pieza: Se cobrara tarifa doble por cada animal,
de los cargos por exceso de equipaje, sin importar el tamaño
y peso del animal.
Por consiguiente se deberá abonar:
Fuente: Aerolíneas Argentinas
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