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Qué documentación debo presentar para transportar una mascota?
F.C.A. 2741

En vuelos Internacionales se debe presentar la siguiente documentación:
· Certificado veterinario de salud de no mas de 10 días antes del vuelo.
· Certificado antirrábico (en caso que corresponda) con la posterior intervención del lazareto (Brasil y Costanera Sur).
· Certificado del cites (convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de flora y fauna). Sólo para especies silvestres otorgado por Dirección Nacional de Flora y Fauna.
· Certificado del SENASA.
· Certificado del expedidor.
· Contactarse con la embajada de destino, por necesidad de Visa.
Comunicación: Al SENASA y narcotráfico, 24 horas de anticipación para verificación final de salida.
· Jaula: provista por el pasajero.

Nota: Otros animales incluido pájaros se verificarán de acuerdo a la reglamentación Internacional vigente.

· Contactos: Ventas Internacionales Cargas: Tel: 4320-2212

· SENASA Ezeiza: Tel: 4480-9689
· Lazaretto: Costanera Sur y Brasil-Tel:4361-4632

· Dirección Nacional de flora y fauna: San Martín 459 piso 2 of 232-Tel:4348-8602/3

En vuelos de Cabotaje
se debe presentar la siguiente documentación:
Certificado veterinario de salud y antirrábico (en caso que corresponda).
Certificado de flora y fauna (en caso que corresponda).
Jaula: provista por el pasajero.
Límite: según disponibilidad de bodega.

Además le sugerimos comunicarse con el consulado del país al cual se dirige, a efectos de conocer exactamente que requisitos exige el país al que se dirige, si necesita otros documentos o si tendrá que permanecer en el mismo en cuarentena.

¿Cómo debe trasladarse la mascota en el vuelo?
El animal deberá trasladarse en un contenedor adecuado con fondo impermeable, y provisto por el pasajero. El mismo deberá tener la calidad necesaria, en cuanto a resistencia, seguridad y comodidad para la talla del animal.
En cuanto al viaje, no se provee de ningún tipo de alimentos o bebidas en escalas intermedias, y tampoco se los desembarca.

¿Dónde debo realizar el trámite si la mascota viaja sola?
Si la mascota viaja sola, sin el pasajero, el trámite debe realizarse por intermedio de Cargas Internacional, previa tramitación de todos los certificados.

¿Cuánto debo abonar para trasladar una mascota en el vuelo?
Si su mascota viaja con un acompañante en el mismo vuelo, el transporte internacional de animales es considerado como exceso de la franquicia permitida de equipaje.
En rutas internacionales (Europa, Usa y Oceanía) se aplicara la tarifa doble de los cargos por exceso de equipaje, por cada animal, sin importar el tamaño o peso del mismo.
En rutas regionales se aplicara el 1.5% tarifa plena de ida por cada kg. de peso del animal y su contenedor.
Para vuelos de cabotaje existen cinco zonas diferentes teniendo en cuenta el tiempo de vuelo y el nivel tarifarío de cada destino.

Ciudad /Importe
Miami u$s 144
Nueva York u$s 158
Auckland u$s 144
Sydney u$s 144
Madrid u$s 200
Roma u$s 200
Londres u$s 300
París u$s 300 Regional/Internacional

Sistema por peso:
Se aplicara el 1,5% de la tarifa normal de ida en clase económica (publicada) por c/kilo de peso del animal y su contenedor.
· Sistema por pieza: Se cobrara tarifa doble por cada animal, de los cargos por exceso de equipaje, sin importar el tamaño y peso del animal.
Por consiguiente se deberá abonar:

Fuente: Aerolíneas Argentinas

 

 

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